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Alquilar en la ciudad

Alquilar en la Ciudad de Buenos Aires es cada vez más complicado, los precios de los alquileres se duplicó en el último año y las ofertas cada vez son menos.

Si bien parecía que la Ley de alquileres traería alivio a todos aquellos que alquilan, la realidad demostró que esto no fue lo que sucedió.

Desde que se implementó la Ley de alquileres se profundizaron los problemas a la hora de alquilar. Los precios aumentan y la oferta de propiedades disminuye.

Datos que asustan:

En el lapso de los últimos tres años, los alquileres acumularon un alza promedio del 370%, muy parejo en los tres casos. Los departamentos de tres ambientes lideraron las subas en el primer año; en los siguientes, las unidades más pequeñas recuperaron el ritmo de crecimiento. Los precios no paran de crecer y la oferta no  para de bajar. El panorama para los inquilinos es cada vez más complicado y todos tenemos la sensacion que la Ley de alquileres complicó aún más esta situación

Ley de Alquileres

Esta ley prevé un plazo mínimo de 3 años para los contratos de alquiler de inmueble cualquier a sea su destino (habitacional o comercial), si las partes establecen un plazo menor a éste se lo considera celebrado por el plazo mínimo legal de 3 años.

Si el destino es habitacional (es decir para ser utilizado como vivienda):

– no se puede exigir el pago de alquiler anticipado de más de un mes;

– si se pidieron depósitos en garantía, deben ser devueltos al momento de restituir el inmueble;

– queda expresamente prohibido la firma de pagarés o otros documentos.

Entre otras cosas, prevé las posibilidad de que el locatario realice las reparaciones urgentes, si pasaron 24 horas de que notificó al locador y no obtuvo respuestas. En el supuesto de reparaciones no urgentes el plazo se extiende a 10 días. El gasto que realizó el inquilino puede compensarse con los cánones locativos.

El Contrato

El contrato puede ser rescindido por el locatario antes del cumplimiento del plazo.  Si no ha transcurrido un año de la firma del contrato debe abonar una suma equivalente a 1 mes y medio de alquiler en concepto de indemnización y la suma de un mes si se rescinde después del primer año.

En contratos con inmuebles destinados a vivienda el precio del alquiler puede ser ajustado anualmente utilizando un índice que será elaborado y publicado mensualmente por el Banco Central.

Los contratos deben ser declarados por el locador ante la AFIP.

Hoy en día se calcula que en la ciudad de Buenos Aires alquilan unas 900.000 personas, un número que habla muy mal de las políticas públicas de acceso a la vivienda, un tema que como sociedad es preocupante y que nuestros gobernantes deberían comenzar a mirar con mayor responsabilidad y compromiso para comenzar a resolver.

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