Una noche especial para los amantes del helado
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¿Qué es la defensa del consumidor?
La Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor es el organismo oficial encargado de prevenir, proteger y promover los derechos de los consumidores. Trabaja sobre los siguientes ejes fundamentales: Recepción de denuncias, en forma digital o presencial en las Sedes Comunales.
Al adquirir un producto o servicio, se produce una relación de consumo entre el comprador o cliente y la empresa que provee el bien o prestación. Estas operaciones están regidas por una serie de normas y derechos que protegen al consumidor, ya sea a la hora de adquirir alimentos en el supermercado, contratar un servicio de telefonía celular, acudir a un restaurante, dejar el auto en un estacionamiento, hacer la cola en un local o cargar la tarjeta SUBE en un kiosco.
“Las Leyes que protegen a los consumidores reconocen los derechos de las personas frente a múltiples situaciones de consumo, tanto cuando se adquiere un bien o servicio como cuando estamos frente a una publicidad o solicitamos información para realizar una compra cuidada y segura”, destaca Julia Domeniconi, secretaria de Atención Ciudadana y Gestión Comunal de la Ciudad.
Estar mejor informados ayuda a los ciudadanos a ejercer sus derechos como consumidores frente a las empresas y establecimientos proveedores de bienes y servicios, optimizar los gastos en las compras de rutina y disponer de herramientas para defenderse en caso de resultar expuestos a situaciones de incumplimientos o vulnerabilidad.
La Dirección General de Defensa al Consumidor de la Ciudad difunde aspectos básicos de la normativa que regula la actividad comercial. Desde el área se destacan siete derechos fundamentales de los consumidores a la hora de realizar las compras de forma presencial, en pequeños y grandes establecimientos, así como virtual.
Entre los aspectos regulados por las leyes que protegen a los consumidores uno de los centrales es el derecho a la información, ya que es prioritario conocer la calidad, características, precio y condiciones de comercialización, entre otros datos, de lo que se está adquiriendo. Por ello, los proveedores de bienes y servicios tienen el deber de informar a los potenciales consumidores las características esenciales de los productos que comercializan desde el momento en que se ofrecen al público hasta que finaliza la relación de consumo.
En síntesis, el proveedor debe suministrar en forma clara y detallada información de lo ofrecido. A modo de ejemplo, el ciudadano que desee contratar un servicio de telefonía celular tiene derecho a conocer las características del plan (cantidad de minutos libres, datos de navegación por Internet, precio del minuto para hablar o enviar mensajes), así como todos los gastos o comisiones que se cobran en una compra por los servicios financieros.
“Hoy los consumidores están expuestos a contratos más complejos en su comprensión, a fraudes en entornos digitales y a prácticas abusivas cada vez más articuladas e impalpables, por lo cual el conocimiento y la información son pilares fundamentales como mecanismo de protección en sus transacciones comerciales” , manifestó Vilma Bouza directora de Defensa y Protección al Consumidor.
En el supermercado, los precios deben estar exhibidos en forma clara y en pesos, el consumidor puede sacar fotos o tomar nota de los mismos, los rótulos de los productos fraccionados deben contener datos específicos. Además, la persona debe saber que en estos establecimientos no está permitido que se “palpe” ni revise el bolso o mochila del comprador.
En cuanto a la experiencia en un restaurante, el ciudadano tiene el derecho a conocer en el acceso al local el listado de precios, que deberán estar exhibidos en la vidriera o en un atril. “Cualquier incumplimiento respecto a la falta de información se puede reportar ingresando a la aplicación 147 o vía web a través de la página de Gestión Colaborativa”, resalta Jorge Surín, responsable del área de Lealtad Comercial de la Ciudad.
Toda persona tiene derecho a la protección de su seguridad y salud. Los bienes o servicios deben ser suministrados en forma tal que, en condiciones normales de uso, no presenten peligro alguno para la salud o integridad física de los consumidores o usuarios.
Al comprar un bien comestible, éste debe cumplir con las normas indicadas para su comercialización (controles de calidad, etiquetado) y no puede contener ningún elemento extraño en su interior. La seguridad también debe garantizarse, por ejemplo, en instalaciones destinadas a la celebración de cumpleaños infantiles o salas de juego a las que acudan menores con mecanismos de protección idóneos.
Al adquirir juguetes, los bienes deben incluir los sellos de certificación de seguridad CE (para artículos eléctricos) y CS (artículos en general), que indican que tanto el fabricante como el importador han verificado el cumplimiento de la normativa vigente respecto de la calidad de los materiales, y cumplir con las normas de seguridad para que su uso sea seguro entre los niños y niñas.
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