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Estacionar en la ciudad

Cada vez son más los autos que transitan en la Ciudad de Buenos Aires, y estacionar en algunos barrios es una misión imposible. Por conocimiento propio, sé que en ciertos lugares de la ciudad, donde no hay estacionamientos pagos y la densidad de autos es muy grande, se puede llegar a tardar más de 20 minutos en poder encontrar un lugar para estacionar.

A partir de hoy

A partir del 17 de abril, en las calles está permitido estacionar de ambos lados y en las avenidas se podrá hacer de 21 a 7 horas y también los sábados, domingos y feriados. En el caso de los pasajes, las arterias que tengan Metrobus, calles de convivencia y el espacio paralelo a las ciclovías, la prohibición rige las 24 horas. Además, con el objetivo de aumentar los espacios en la calzada, los motociclistas podrán estacionar a 45° o 90°.

Pero las arterias de la ciudad tienen diferentes características viales, y existen normas particulares que modifican las citadas reglas generales, situación que demanda la instalación carteles que indican la modificación, ya sea para permitir o prohibir el estacionamiento en ese tramo.

Sobre la nueva normativa, la Secretaria de Transporte y Obras Públicas de la Ciudad, Manuela López Menéndez, señalaba que: “Va a haber menos reglas y más claras a la hora de estacionar, lo que mejora la experiencia de dejar el auto en la calle y lo hace más ágil. Este cambio, además, mejora la fluidez en la circulación y beneficia la convivencia vial en la calle entre todos los actores del tránsito, evitando o minimizando confusiones en la vía pública”.

Sin embargo las nuevas disposiciones generan dudas sobre los alcances de las disposiciones, por ejemplo, en el caso de la prohibición de estacionar en pasajes.

Mientras la página del GCBA sigue indicando que se deben mirar “los carteles de nomenclatura vial, en donde se indica si es una avenida o un pasaje. En el caso que no diga nada, se trata de una calle”, el texto de la normativa, señala que queda prohibido estacionar “en los pasajes cuyo ancho de calzada no supere los cuatro metros y medio y calles de convivencia en toda su extensión junto a las aceras”. En tanto el Anexo I de la Resolución 216/SECTOP/23 contiene el listado de arterias con las reglamentaciones particulares para cada una.

Nuevas reglas de estacionamiento en la Ciudad: cuáles son los valores de las infracciones

En los lugares con excepciones señalizadas está prohibido estacionar por lo que de hacerlo, las multas varían de valor:

Estacionamiento o detención prohibida: $10.292 (100 UF).

En lugares reservados para servicios de emergencia, paradas de transporte público, entradas de vehículos, ciclovías, carriles exclusivos, corredores de Metrobus, y zona de Macro y Microcentro la infracción se elevará al doble: $20.584 (200 UF).

Lugares reservados para vehículos de personas con necesidades especiales o rampas para personas con movilidad reducida: $30.876 (300 UF).

Estacionamiento Medido: $10.292 (100 UF).

Actualmente el valor de la UF (Unidad Fija) es de $102,92.

 

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